La inspección técnica de vehículos es, como hemos explicado en diversas ocasiones en la web de EuroTaller, un trámite necesario que mejora la seguridad en carretera al revisar el estado de mantenimiento de los vehículos que circulan por ellas.
Sin embargo, de acuerdo con los datos que manejan la Dirección General de Tráfico (DGT) y el Ministerio de Industria, durante 2020, el absentismo alcanzó el 32%. De los 28,6 millones de vehículos llamados a la revisión, únicamente acudieron 19,6 millones.
De hecho, se estima que, en 2021, esta cifra podría haber superado ya el 40%. Teniendo en cuenta estos datos, cobra todavía más importancia conocer las novedades relativas a la ITV y acudir a ella en tiempo y forma.
Novedades de la ITV para 2022
Entre las principales novedades se encuentra que, a partir de ahora, será obligatorio superar la ITV para todos aquellos vehículos que, tras haber sido declarados siniestro total por una compañía aseguradora, sean reparados y puestos de nuevo en circulación. Este nuevo paso por la ITV servirá para obtener un documento que acredite que el vehículo es apto para volver a circular.
En cuanto a las nuevas exigencias en las pruebas, desde el pasado mes de junio la ITV considera como nuevos defectos graves dos puntos concretos: cualquier fallo en el sistema de frenado ABS y si sufren algún tipo desprendimiento los espejos retrovisores.
Antes del verano ambos casos eran considerados falta leve, pero ahora con ellos los técnicos pueden retirar de la circulación temporalmente el vehículo. En estos casos, solo podrá circular para su traslado a un taller y antes de dos meses deberá pasar de nuevo la ITV (no es obligatorio repetir la revisión en el mismo centro de ITV).
Por otra parte, desde AECA-ITV han informado de que, el año que viene, para poder realizar la inspección técnica del vehículo en las estaciones de ITV no van a requerir más documentación que la que actualmente se solicita. Con ello, la asociación espera resolver las dudas ocasionadas a lo largo de la última semana y clarificar cualquier tipo de información errónea que se haya publicado al respecto.
Documentación necesaria para la ITV el próximo año
De esta manera, el próximo año y como viene ocurriendo hasta ahora, la documentación que se debe presentar para realizar la ITV se limita a: el original de la Tarjeta de Inspección Técnica, es decir, el documento que contiene los datos básicos a nivel técnico del vehículo; y el permiso de circulación del vehículo.
De no poder presentarse este último, por el motivo que sea, las estaciones de inspección técnica realizarán la consulta en el Registro de la Jefatura Central de Tráfico para su comprobación. En todo caso, también se admitirá una fotocopia debidamente cotejada del permiso de circulación o una nota simple de antecedentes previamente emitida por la Jefatura Provincial de Tráfico.
Por otra parte, desde AECA-ITV recuerdan que no es necesaria la presentación del justificante acreditativo del seguro obligatorio de responsabilidad civil del vehículo para poder realizar la inspección técnica, ya que la estación comprobará que el vehículo dispone de dicho seguro a través del Registro de la DGT. «Sin embargo, en caso de que el vehículo no esté asegurado, la estación de ITV no podrá realizarle la inspección técnica», apuntan desde la asociación.
Control de ruidos
Aunque no hay una fecha concreta para que entre en vigor, la Directiva 2014/45/UE de la Comisión Europea dicta que debe realizarse también el control de ruidos de los vehículos antes de mayo de 2023, por lo que no es descartable que se empiece a realizar ya en 2022.
Esta nueva prueba va a medir el ruido que produce el sistema de escape de algunos vehículos. La intención es que los coches que superen cierto nivel de decibelios no puedan seguir circulando.
Los sistemas ADAS en la ITV
A partir del próximo año todos los fabricantes están obligados a permitir el acceso a la verificación de los sistemas ADAS de ayuda al conductor por parte de las autoridades y los centros de ITV.
Estos equipos, con diferentes versiones en función de las marcas, lo conforman el asistente de velocidad inteligente, de emergencia de mantenimiento en el carril, el de advertencia de somnolencia o el frenado de emergencia con protección especial a usuarios vulnerables de la vía pública, entre otros.
De esta forma, a un vehículo matriculado por primera vez en 2022 cuando pase su primera ITV, cuatro años después (2026), también se someterá a la revisión del funcionamiento de sus sistemas ADAS hasta el final de su vida útil.
En el caso de los sistemas de emergencia de mantenimiento de carril ya dispone de un reglamento específico (UE 2021/646). Esta necesidad en cuanto a la solicitud de información por parte de los fabricantes ha sido requerida por las autoridades competentes y así se refleja con los reglamentos específicos en los sistemas de asistencia de velocidad inteligente que se espera llegue próximamente.
Multas por la inspección técnica
Si el vehículo está en circulación, aparcado en un garaje o en plena calle sin ITV implica una sanción de 200 euros y la obligación de pasar la ITV de forma inmediata. Esta multa puede reducirse al 50% si se realiza pronto pago. Mientras, si el vehículo sigue circulando con defectos graves y la ITV negativa, la sanción ascenderá entonces a los 500 €.