Así se ha aprobado por un Real Decreto en el Consejo de Ministros
Los vehículos cada vez cuentan con más y más tecnología para proporcionarnos un mayor confort al volante y, por supuesto, mayor seguridad en carretera. Y con estos nuevos sistemas, también aumentan los nuevos elementos a revisar en las Inspecciones Técnicas de Vehículos (ITV) para comprobar que todo funciona correctamente.
Así pues, uno de estos sistemas es el de llamada de emergencia que cada vez incorporan más vehículos en su equipamiento. El dispositivo «eCall» permite realizar una llamada de emergencia en caso de accidente o avería con nuestro vehículo. Y a partir de ahora, también será un componente a tener en cuenta si queremos contar con una inspección favorable.
La revisión de este elemento se ha aprobado en el Consejo de Ministros mediante un Real Decreto que modifica el Anexo I del RD 920/2017, el cual regula la ITV, y que ahora está contemplando introducir el sistema de llamada de emergencia en la revisión del vehículo, del mismo modo que se revisan los cinturones, las luces o el líquido del limpiaparabrisas.
En este párrafo tercero que incluye este cambio va dirigido a las definiciones de categorías de vehículos establecidas según la normativa europea de aplicación. En él, se incluyen los dispositivos de emergencia ‘eCall’ en las listas de parámetros del vehículo a inspeccionar, así como los métodos, las razones de las inspecciones desfavorables y la valoración de las deficiencias.
Junto a esta reforma, también se aumenta el plazo de validez de la siguiente inspección de vehículos a los que afecta la Orden SND/413/2020, a los que se les otorgaba una prórroga de la inspección y validez del certificado de la ITV comprendida durante el estado de alarma ocasionado en el periodo del Covid-19.