En algunos casos, las bajas que podamos tener podrían ser incompatibles con el hecho de ponernos al volante
Una baja laboral es endefinitivas cuentas, un periodo temporal que se le concede a un trabajador cuando no puede ejercer sus funciones laborales por salud durante un periodo de tiempo determinado.
Estos periodos de incapacidad temporal pueden ser concedidos por problemas físicos, como por ejemplo, romperse, un brazo o mentales, como por ejemplo una baja por depresión y pueden ocasionarse tanto por una enfermedad o por un accidente.
Estos accidentes, pueden ocasionarse tanto dentro o fuera del trabajo, pero en cualquier caso, deben contar con la aprobación de un médico para que se concedan al trabajador.
Y es que, además de la baja, dicho trabajador, recibirá una remuneración económica, en caso de que no pueda realizar su actividad profesional. No obstante, pese a no poder producir para su empresa, seguirá cotizando en la Seguridad Social.
Bajas laborales y ponerse al volante
Principalmente, será la propia coherencia de las personas la que podrá decirnos si debemos o no debemos conducir por una baja laboral, dependiendo si esa enfermedad o el accidente que haya sufrido, le impiden o no ponerse a los mandos de su coche.
Por ejemplo, si nos rompemos una pierna, es evidente que no podremos conducir con una escayola, dado que necesitamos esa parte del cuerpo para poder accionar los pedales del vehículo. Del mismo modo que si nos hemos sometido a una operación de vista, como es lógico, tampoco podremos conducir.
En este sentido, la ley es muy clara al respecto y los artículos 17 y 18 del reglamento general de circulación, explican que los conductores deben estar en todo momento en plenas facultades de poder controlar sus vehículos, así como de mantener su propia libertad de movimientos y tener seguridad para con ellos, así como para el resto de usuarios de la vía.
Pero más allá de la suposiciones de si creemos o no creemos que podamos conducir, la persona que nos tendrá que autorizar para hacerlo o no debe ser el propio médico que nos ha concedido nuestra incapacidad temporal.
Así pues, podemos decir que se puede conducir estando de baja siempre y cuando esto no afecte a la recuperación de nuestra enfermedad o accidente, o si el puesto de trabajo de la persona de baja está relacionado con la propia conducción.
Por tanto, si el médico nos autoriza a que podemos conducir pese a estar de baja médica, podremos hacerlo sin riesgo a ser multados siempre y cuando, además de lo anterior, no tengamos ningún impedimento físico o psíquico para ponernos al volante y poder hacerlo de manera segura.