La compra de un coche nuevo a partir del 1 de enero de 2022 va a suponer a los españoles un desembolso medio de 800 euros más. Esto se debe a la entrada en vigor de la normativa comunitaria de medición de consumo y emisiones basadas en el ciclo WLTP (Worldwide Harmonized Light Vehicles Test Procedures), que el Gobierno había ‘congelado’ desde julio para no perjudicar aún más un sector, el de la automoción, que ha sufrido las consecuencias económicas derivadas de la pandemia.
No obstante, las novedades que trae el nuevo año en la compra de coches van más allá, pues incluye la aplicación de la modificación de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
Recambios asegurados durante 10 años
El Real Decreto Ley 7/2021 establece que el plazo de garantía de los productos vendidos a partir del 1 de enero de 2022, entre los cuales se encuentran los vehículos nuevos, pasa de dos a tres años.
Asimismo, el texto recoge que los fabricantes deberán asegurar las piezas de repuesto de sus productos durante 10 años, y no durante 5 años, como hasta ahora, lo que va a repercutir positivamente en el bolsillo del consumidor.
La garantía legal obliga a los fabricantes a reparar de forma gratuita los defectos de origen y las averías mecánicas, eléctricas y electrónicas del vehículo sin límite de kilómetros.
La garantía no se pierde por acudir a un taller multimarca
Para tener derecho a la garantía del coche, el propietario debe cumplir con los plazos que el fabricante establece para pasar las revisiones. En este sentio, como hasta ahora, no es obligatorio acudir a un taller oficial.
De este modo, el automovilista puede elegir llevarlo a un taller multimarca si así lo desea. Únicamente se exige que las revisiones se cumplimenten durante el tiempo o el número de kilómetros recorridos que exige el fabricante.
A partir de enero de 2022, con la ampliación de la garantía de dos a tres años, cambian ciertos aspectos relativos a la carga de la prueba.
Si hasta ahora la ley considera que el fabricante es el responsable de las averías durante los primeros seis meses y que pasado este tiempo es el usuario quien debe probar que la anomalía no se debe al mal uso, la nueva normativa alarga el plazo inicial hasta los dos primeros años.
En este sentido, durante el tiempo que un vehículo en periodo de garantía está en el taller para ser reparado, el plazo de dicha garantía se amplía según el tiempo que permanece allí. Por ejemplo, si el coche ha estado 15 días en el taller, la garantía legal tendrá que ampliarse por el periodo de tiempo que ha tardado en ser reparado, es decir, 15 días.
Más garantías en los usados
La modificación de la ley ofrece una cobertura mayor a las personas que adquieren un coche de segunda mano. Con la entrada en vigor de la nueva normativa, el vendedor de un vehículo de ocasión deberá ofrecer al comprador una garantía de dos años, salvo en el caso de que ambas partes acuerden un periodo inferior y quede reflejado en el contrato de compraventa.
El vendedor deberá responder asimismo de los fallos o defectos que surjan en el vehículo durante los dos meses posteriores a la compra y que no estén recogidos en el contrato —los llamados vicios ocultos—, ya que se entiende que tenía conocimiento del estado del coche y los había ocultado al comprador.
El cambio normativo supone la incorporación al derecho Español de la Directiva Europea 2019/771, de 20 de mayo de 2019, relativa a determinados aspectos de los contratos de compraventas de bienes.