Esta documentación siempre debe ir en el vehículo para así evitar ser sancionados por los agentes, así como por necesidad en caso de accidente
Puede ocurrir que, por cualquier motivo, como un control rutinario, un accidente, o simplemente porque se nos requiera por parte de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado, los agentes encargados del tráfico pueden pedirnos una serie de documentos de nuestro coche.
Algunos de estos tendrán que ir siempre de manera obligatoria en el vehículo, como el Permiso de Conducción y el Permiso de Circulación. Otro de estos documentos que tendremos que llevar según la antigüedad que tenga nuestro coche será la Tarjeta de Inspección Técnica. Por último, algo que siempre deberemos tener para circular, aunque la documentación no sea obligatoria que está en el coche, aunque si recomendable, será el seguro.
¿Qué son estos documentos?
Para entender la obligatoriedad de estos documentos, conviene repasar que es cada uno de ellos:
- El permiso de conducción: Es el carné de conducir. Este documento es propio de cada conductor, y siempre tenemos que llevarlo cuando vayamos a conducir un vehículo. Tiene que estar en vigor y ser válido para el tipo de vehículo que vayamos conduciendo. En el caso de los coches, será el permiso B.
- El permiso de circulación: es el certificado de registro del vehículo que acredita todos los datos del coche: marca, matriculación, características, titularidad del propietario, etc.
- Tarjeta de Inspección Técnica del Vehículo: este documento también es propio del vehículo y muestra todas sus características como la marca, cilindrada, potencia, emisiones y es obligatorio desde el momento en el que el coche pasa su primera Inspección Técnica de Vehículos ITV.
- Seguro obligatorio: Si bien es cierto que desde el año 2008 no es obligatorio tener la póliza y el recibo del seguro en el coche, ya que los agentes pueden consultar este dato, siempre viene bien tenerlos a mano por si hemos sufrido cualquier tipo de imprevisto en la carretera y los necesitamos.