La cuantía variará según la norma de cada ayuntamiento
Es cierto que la normativa sobre los accesos a las Zona de Bajas Emisiones (ZBE) tienen tanto normas comunes a todo el territorio nacional, así como algunas que dependen de los propios municipios. Y el de llevar el distintivo medioambiental en nuestro vehículo es una de ellas.
Por tanto, podremos decir que llevar la pegatina de la Dirección General de Tráfico (DGT) no es obligatorio, aunque si recomendable, pues si nos movemos de municipio con nuestro vehículo, puede que la necesitemos.
Del mismo modo que la obligatoriedad de poner o no poner este distintivo en los vehículos recae sobre cada consistorio, el coste de la sanción por no ponerlo cuando es obligatorio y nuestro coche lo tiene también varía.
Tanto es así, que en ayuntamientos en los que, si se exige circular con el distintivo ambiental en el vehículo, el precio de la multa es realmente diferenciador entre ellos. Por ejemplo, si circulamos por Madrid sin el distintivo ambiental, que es obligatorio, la multa será de 15 €. Por otra parte, si hacemos esto mismo en Gijón, la multa será de entre 90 y 100 €.
Donde debe ir la pegatina
Como decíamos al principio, hay otras normas que, si son unánimes para toda España, y entre ellas está la de donde tendrán que ir colocados los distintivos ambientales.
En todos los vehículos tendrá que ir obligatoriamente en la parte inferior derecha del parabrisas delantero. Sin embargo, en los vehículos que no tengan parabrisas como las motos, basta con que vaya en cualquier zona que sea visible, como por ejemplo la horquilla o el guardabarros.
Y algo que también es unánime a todos los municipios es el acceso a las ZBE con un vehículo que no tenga pegatina, pues no tendrá acceso. En este caso, se considerará una infracción grave y la sanción ascenderá a los 200 €.