¿Se puede conducir con chanclas? ¿Y hacerlo sin camiseta? Estas son sólo algunas de las dudas que, año tras año, asaltan a los automovilistas cuando llega el verano. Unas sanciones, lógicamente, eminentemente veraniegas.
Sin embargo ¿hay multas ‘típicas’ del invierno? Pues bien, del mismo modo que hay ciertas multas que son más frecuentes durante los meses de verano, hay otras sanciones que son muy habituales en invierno ¿sabes cuáles son?
Multas típicas del invierno
Por no llevar cadenas o neumáticos de invierno
Es una de las multas más evidentes que sólo pueden ponerte en invierno. Aunque no es obligatorio llevar las cadenas en el coche, debes colocarlas siempre que veas en la carretera la señal R-412, a no ser que tu vehículo cuente con neumáticos de invierno o ‘todo tiempo’ con el marcaje 3PMSF (una montaña con tres picos y un copo de nieve).
Si no colocas las cadenas cuando sea obligatorio puedes ser sancionado con una multa de 200 euros.
Relacionadas con la visibilidad
La visibilidad es muy importante todo el año, pero especialmente en invierno cuando se combinan menos horas de luz con fenómenos meteorológicos adversos.
Por eso, si no has retirado del todo la capa de hielo del parabrisas o lo tienes muy sucio y esto dificulta tu visibilidad, puedes ser sancionado con una multa de 80 euros.
De igual forma, y aunque estas multas te las pueden poner también en verano, si conduces con las escobillas limpiaparabrisas en mal estado y al llover éstas no realizan su tarea correctamente, dificultando tu visibilidad y poniendo en peligro la seguridad vial, puedes recibir una sanción económica de igual importe 80 euros.
También, si el parabrisas o alguna de las lunas del coche presentan daños o roturas que dificulten tu visibilidad, puedes recibir una multa de 200 euros. O si llevas en el parabrisas o en las lunas del coche pegatinas, láminas u otros elementos no autorizados, puedes recibir una sanción económica de 200 euros.
Si circulas con los cristales traseros tintados o coloreados y no cuentas con el justificante de homologación te puedes enfrentar a una multa de 200 euros.
Por otra parte, y de cara a ser visible e identificable por los agentes de la autoridad, si la placa de la matrícula no se ve bien y por lo tanto, no es legible, puedes recibir una multa de 200 euros.
Por la iluminación
Además de las multas por llevar una lámpara fundida, no usar debidamente las luces de cruce o de posición o hacer ráfagas, excederte con las luces antiniebla (algo que es raro que ocurra fuera del invierno o el otoño) también puede acarrear una multa.
Y es que los faros antiniebla solo deben utilizarse cuando haya niebla o una lluvia tan intensa que impida ver unos metros más allá del parabrisas. Conectar los traseros (o los delanteros) sin que las condiciones atmosféricas obliguen a ello acarrea una multa de hasta 200 euros, aparte de estar deslumbrando al resto de conductores.
También, circular con las luces apagadas en condiciones de baja luminosidad acarrea una sanción de 200 euros. Por ejemplo, en un túnel o entre la puesta y la salida del sol, o con lluvia extrema.
Y recuerda: pueden multarte con 200 euros si circulas de noche en vías urbanas o fuera de poblado y no llevas encendidas las luces cortas o de cruce; si circulas sin las luces cortas o de cruce a cualquier hora del día por un túnel o paso inferior, un carril reversible o con condiciones meteorológicas adversas; o si es de noche o hay unas condiciones meteorológicas adversas y tu coche está inmovilizado en la calzada o en el arcén de una vía, y no enciendes las luces de posición.
De igual modo, si activas las luces largas o de carretera y deslumbras al resto de usuarios de la vía que circulan en sentido contrario; o si la luz de iluminación de la matrícula trasera de tu coche no funciona.
…Hasta por llevar el abrigo puesto mientras conduces
Al igual que las chanclas en verano, el artículo 18.1 del Código General de Circulación puede llevarnos a ser sancionados, pues establece que: “El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía”.
Por ello, si al conducir llevas una prenda de vestir (abrigos) que dificulte tu libertad de movimientos (olvida también los guantes a no ser que sean específicos), puedes recibir desde 80 hasta 200 euros de multa, en función de la gravedad. No obstante, esta infracción suele considerarse generalmente leve, así que se te aplicaría la menor de estas sanciones.