El Reglamento de Circulación establece una serie de obligaciones para todos los conductores. Y es que la gran duda surge cuando muchos de ellos, cumplen normas que no existen o que ya quedaron atrás. Por eso hay quienes se preguntan ¿Hay que llevar gafas de repuesto en el coche? ¿Existe alguna multa si se incumple el Reglamento?
En referencia a las gafas de repuesto, parece ser que algunos conductores llevan de manera habitual unas en la guantera. Pero en realidad solo es una recomendación puesto que ninguna ley obliga a hacerlo.
Solo se especifica que si se usan unas gafas o lentes de contacto debe ser obligatorio para quienes lo necesitan. Es más, en el carné de conducir aparece reflejado como código 1 si es para gafas o código 2 para lentes de contacto. De modo que, si no haces uso de ello, estarías incumpliendo las normas y supondría una infracción grave con una sanción de 200 euros.
Qué otras cosas sí son necesarias en el coche
En cambio, sí existen otros objetos que sí estás obligado a llevar en el coche. El primero de ellos sería chaleco reflectante. El artículo 118 del Reglamento de Circulación indica que debe llevarse sí o sí en el coche y que por tanto hay que hacer uso de él en caso de tener que salir del vehículo y ocupar la calzada o el arcén de vías interurbanas por avería o accidente. No hacerlo supone una multa de 200 euros.
De igual forma, los triángulos de emergencia también son obligatorios si bien, desde el 1 de julio de 2021, pueden ser sustituido por las balizas de señalización V-16. Si optas por estas últimas, no obstante, es recomendable que los lleves igualmente.
Por su parte, también es obligatorio llevar la pegatina de la ITV, que indica que has superado la inspección técnica (y te recuerda cuando caduca y debes pasarla de nuevo). Si no lo haces y circulas sin la aprobación, la multa es de 200 euros. Incluso si la has pasado, pero no has puesto la pegatina en el parabrisas también supone una sanción (en este caso de 80 €).
¿Debes llevar o no rueda de repuesto? Pues sí y no. Es decir, es obligatorio llevar una rueda de repuesto ‘normal’, de uso temporal (de tipo ‘galleta’) o en su defecto un elemento que las sustituyas y que permita arreglar el pinchazo durante la marcha (kit antipinchazos). Si no, supone una multa también de 200 euros.
Ahora que estamos en verano, no pensamos en las cadenas de la nieve, pero conviene recordar que aunque la ley no obliga a llevarlas en el maletero, sí te obliga a detener el coche si una señal o un agente indican que su uso es obligatorio. La multa por circular sin cadenas cuando es obligatorio es igualmente de 200 euros.
Y, por último, quedan las luces de repuesto, con las que ocurre lo mismo que con las gafas. En sí no son obligatorias (hasta 2010 sí lo eran). No obstante, puedes llevarlas en el coche por si las necesitas (y sabes cambiarlas), si bien es preferible que acudas a un taller en caso de necesitar sustituir una lámpara fundida (en algunos casos requiere desmontar hasta el paragolpes delantero).